En primer lugar, la norma de los 90/180 días se aplica a toda la UE y no a un país concreto de la UE. Así que si viajo en coche a través de Francia y España para llegar a Portugal, el tiempo que paso en Francia y España forma parte de los 90 días.

Lo que me preocupa es que puedo tener la residencia en Portugal, donde permanezco más de 90 días, pero cuando vuelvo en coche a través de España y Francia pueden considerar que he estado en la UE más de 90 días y, por supuesto, cuando llegue a la frontera dura de la UE en Calais, ¿cómo sabrán cuándo entré y salí de Portugal y seguirán incluyendo ese tiempo, ya que Portugal es parte de la UE?

Esta norma ha sido utilizada durante muchos años por residentes de fuera de la UE, así que me interesaría conocer su experiencia al respecto.

PaulTavira