El tribunal aceptó gran parte de la acusación, que alegaba que el camionero había atropellado a propósito a la víctima, que mantenía una relación extramatrimonial con su mujer, de la que se divorciaría posteriormente.

Según el Ministerio Público, el hombre, que actualmente reside en Francia, vio a la víctima, que estaba junto a su coche, aparcado en el arcén de una carretera, cuando se dirigía a su lugar de trabajo, a las 04:00 horas del 17 de septiembre de 2014.

Tras llegar al trabajo y recoger su vehículo pesado, el acusado cambió su ruta definida para pasar por la carretera donde había visto a la víctima con la que luego colisionó frontalmente con el hombre, que acabó falleciendo en el lugar de los hechos.

Durante la lectura, el presidente Miguel Ferreira, recordó las afirmaciones de la defensa de que el acusado no conocía a la víctima y que sólo había cambiado su ruta para recoger la medicación en su casa (ya que padecía esclerosis múltiple), y que debido a la poca visibilidad en la carretera acabó colisionando con el vehículo.

"Al acercarse dice que sintió una vibración en un lugar por el que pasaba al menos dos veces al día, pero, inexplicablemente, el pesado se estremece, tiene una sacudida y va hacia un coche y ni siquiera se dio cuenta de que había alguien allí", bromea el juez, señalando que el informe pericial descarta esta afirmación.

Sin tener intención de chocar contra el vehículo, "es muy extraño explicar el accidente", sostuvo.

Además, el juez también dijo que no creía que el acusado no conociera a la víctima.

El caso era conocido, tanto en su zona de residencia como en el trabajo, señaló.

"No estamos hablando de una metrópoli con dos millones de habitantes", añadió.

En este sentido, el Tribunal de Coimbra decidió condenar al acusado a 14 años de prisión.