El texto aprobado sustituye a la propuesta del Gobierno, con los votos favorables del PSD, CDS-PP y Chega.

Quedan fuera del nuevo texto la visualización y el tratamiento de datos por parte de las fuerzas de seguridad mediante un sistema de gestión analítica, la captación de datos biométricos, el uso de cámaras en 'drones' y en la vigilancia marítima y fluvial por parte de los policías. Estas propuestas estaban en el diploma presentado por el Gobierno.

El texto regula el uso y acceso de las fuerzas y servicios de seguridad y de la Autoridad Nacional de Emergencias y Protección Civil a los sistemas de videovigilancia para la captación, grabación y tratamiento de imagen y sonido.

Según el documento, el uso de las 'bodycams', "con el fin de grabar la intervención individual de un agente de las fuerzas de seguridad en una actuación policial depende de la autorización del miembro del Gobierno responsable de la fuerza de seguridad".

La propuesta indica que las 'bodycams' deben colocarse "de forma visible, en el uniforme o equipo", estando provistas de carteles que indiquen su finalidad", y la captación y grabación de imágenes y sonido sólo puede "producirse en caso de intervención de un elemento de las fuerzas de seguridad, es decir, cuando esté en juego la ocurrencia de una infracción penal, situación de peligro, emergencia o alteración del orden público, y el inicio de la grabación debe ir precedido de una advertencia claramente perceptible, siempre que la naturaleza del servicio y las circunstancias lo permitan."

La captación y grabación de imágenes es obligatoria cuando se utilice la fuerza pública sobre cualquier ciudadano o el uso de cualquier medio coercitivo, especialmente las armas de fuego, quedando prohibida "la grabación permanente o indiscriminada de hechos que no tengan relevancia probatoria", según con la propuesta.

Las características y normas de uso de las cámaras corporales, así como la forma de transmisión, almacenamiento y acceso a los datos recogidos, serán también objeto de un decreto ley que deberá aprobar el ministro de Administración Interior, a diferencia de la propuesta del Gobierno que defendía una ordenanza.

La propuesta también prevé la colocación de sistemas de videovigilancia en las instalaciones policiales de atención al público.

Además de las cámaras corporales, los elementos de la PSP y la GNR también podrán empezar a utilizar la videovigilancia en las operaciones de control del tráfico en las carreteras y en las operaciones de búsqueda y rescate.

El documento también prevé que la Autoridad Nacional de Emergencia y Protección Civil instale un sistema de vigilancia y detección de incendios rurales.

De los dictámenes solicitados por el Parlamento, la Comisión Nacional de Protección de Datos (CNPD) advirtió de la inconstitucionalidad de algunas normas de la propuesta del Gobierno sobre el uso de sistemas de videovigilancia por parte de la policía, al considerar que introduce un régimen jurídico "muy restrictivo de los derechos fundamentales".

El Ministerio Público y el Colegio de Abogados también pusieron algunas reservas a la propuesta, y el diputado advirtió de la posibilidad de que sea considerada inconstitucional.