Según un comunicado emitido tras la reunión del Consejo de Ministros, se ha aprobado un decreto ley que modifica el Reglamento de Calificación Legal para Conducir, "permitiendo a los titulares del permiso de conducir de categoría B conducir vehículos de más de 3.500 kilos, siempre que estén propulsados por combustibles alternativos".

Hasta ahora, la ley decía que con la categoría B, que engloba a los vehículos ligeros, se podían conducir vehículos cuya masa máxima no superara los 3.500 kilos. Los vehículos eléctricos suelen pesar mucho más que un vehículo similar propulsado por combustibles fósiles.

Según la nota del Gobierno, la modificación completa la transposición de la directiva 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018.

Según la directiva, al facilitar el uso de vehículos que funcionan con combustibles alternativos, para contribuir a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, y mejorar la calidad del aire, los Estados deben poder autorizar a los titulares de permisos de conducción de categoría B a conducir vehículos más pesados.

Vehículos, especifica la directiva, que pesen más de 3.500 kilos pero que no superen los 4.250 kilos.