Los resultados de esta auditoría de la Inspección General de Hacienda (IGF) mostraron que "la mayoría de los representantes de la muestra (el 56 por ciento) no tenían actividad abierta, ni declaraban ingresos compatibles con el elevado número de representados". Además, "el 71,6 por ciento de ellos no aparecía en ninguna declaración de la renta en ese periodo".

Además, la IGF afirma que "la autoridad fiscal no ha identificado, ni evaluado oportunamente, el riesgo de omisión de ingresos por parte de los representantes fiscales, y aún no ha adoptado medidas estructurales para cambiar esta realidad", que califica de "riesgo alto".

Cambio de ley

Ante esta situación, la IGF ha hecho varias recomendaciones, una de ellas dirigida al Gobierno para que cambie la ley con el fin de "establecer que la función de representante fiscal y gestor de bienes o derechos sólo puede ser ejercida por contribuyentes cuya situación fiscal esté regularizada".

En las recomendaciones dirigidas a la AT, la IGF incluye la adopción de mecanismos de control y seguimiento para identificar si los contribuyentes que representan a un elevado número de ciudadanos extranjeros "tienen una actividad abierta compatible (por su naturaleza y/o ingresos declarados) con el trabajo que realizan".

Las normas que establecen cuándo un ciudadano debe nombrar un representante fiscal han cambiado este año y se ha reducido el abanico de situaciones en las que es obligatorio.

En la actualidad, es obligatorio nombrar un representante fiscal después de que, como no residente, la persona tenga una relación fiscal legal con Portugal, es decir, si posee un vehículo o una propiedad en Portugal o tiene un contrato de trabajo o es un trabajador autónomo en Portugal".