La disponibilidad de bolsas de plástico ultraligeras para el envasado primario o el transporte de pan, frutas y verduras está prohibida desde junio, pero las dificultades operativas han llevado a las empresas de distribución a pedir la eliminación de esta prohibición.

La Asociación Portuguesa de Empresas de Distribución(APED) dijo a Lusa que envió al Ministerio de Medio Ambiente y Acción Climática, a finales de diciembre de 2022, una propuesta para la revocación de esta prohibición, "dada la ausencia de una alternativa en el mercado para responder a los requisitos, la ausencia de obligaciones de Portugal con la Unión Europea y la necesidad de garantizar la armonización de los requisitos legales y la libre competencia dentro de la comunidad".

La prohibición se deriva de una ley, publicada en septiembre de 2019, sobre la provisión de alternativas al uso de bolsas de plástico ultraligeras y bandejas de plástico en los puntos de venta de pan, frutas y verduras. Inicialmente, la proposición de ley del partido Os Verdes(PEV), aprobada por unanimidad en el Parlamento, preveía prohibir las bolsas ultraligeras a partir de junio de 2020, pero el diploma publicado acabó fijando como fecha límite el 1 de junio de 2023.

La propuesta de derogación de la APED se basa en tres motivos: el funcionamiento del mercado único; la seguridad alimentaria y la prevención del desperdicio de alimentos; y las alternativas biodegradables y compostables.

"En primer lugar, la Unión Europea no impone restricciones al uso de 'bolsas muy ligeras' que sean necesarias por razones de higiene o se pongan a disposición como envase primario para productos alimenticios vendidos a granel, teniendo en cuenta aspectos de seguridad alimentaria y prevención del desperdicio de alimentos".

Otra razón para la derogación, según la asociación, es la necesidad de "salvaguardar el envasado de productos con alto riesgo de deterioro o muy perecederos", como los arándanos, y los productos de atmósfera controlada, frutas y verduras cortadas en tienda.

De esta prohibición de vender productos de panadería, frutas y verduras envasados en bolsas de plástico muy ligeras, y en envases de plástico de un solo uso, la ley hace una excepción para las bolsas y envases de plástico que hayan demostrado ser biodegradables y compostables, siempre que no se faciliten gratuitamente.

APEAD, respecto a las alternativas biodegradables y compostables, recuerda que la legislación comunitaria prevé la obligación de que las bolsas de plástico muy ligeras sean "compostables en unidades de tratamiento de biorresiduos industriales sólo 24 meses después de la entrada en vigor del Reglamento comunitario".

"Este plazo será importante para garantizar la cualificación de las actuales infraestructuras de tratamiento de biorresiduos en el país. La Comisión Europea no reconoce los plásticos biodegradables como alternativa a los plásticos de un solo uso. La "única solución equilibrada" es la derogación del artículo prohibitivo de la ley de 2019, dice APED, añadiendo que es "fiel a la postura constructiva y abierta al diálogo" y que, por lo tanto, también propuso una redacción alternativa del artículo (4 77/2019), "si no es posible una derogación".


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