"En 2022, se abrieron 45 procedimientos para profundizar en la investigación de quejas sobre peajes", dijo a Lusa una fuente oficial de la Defensoría del Pueblo.

Entre las cuestiones que más llevaron a las personas a solicitar la intervención de la defensora del pueblo, Maria Lúcia Amaral, están la "ausencia de contacto previo por parte de la concesionaria" y la "desproporcionalidad del importe ejecutado en comparación con el valor del peaje".

La alegación de que el vehículo que realizó el trayecto ya no es propiedad del deudor también figura entre las quejas más comunes.

Cambios en la legislación

El régimen jurídico que regula el cobro de las deudas de peaje ha sufrido ya varios cambios, el último de los cuales se refleja en un decreto-ley publicado en diciembre del año pasado, que transpone una directiva europea sobre la interoperabilidad de los sistemas electrónicos.

Ya este año, el 13 de enero, el Parlamento aprobó en general un proyecto de ley del IL que establece un límite a las infracciones administrativas que se pueden aplicar por impago de peajes, al disponer que "el importe total cobrado, en los términos de la presente ley, teniendo en cuenta las tarifas de peaje, las multas y cualquier coste administrativo, tanto en el contexto de los procedimientos de infracción administrativa como en los procedimientos de ejecución, no podrá exceder de tres veces el valor de las respectivas tarifas de peaje, sin perjuicio de los intereses de demora".

Los automovilistas cuyo coche no disponga de un dispositivo electrónico para cobrar las tasas de peaje pueden abonar este gasto en una estación CTT o en una tienda "payshop", 15 días después de pasar por las puertas.

Si no lo hacen, la ley determina que deben ser avisados por la concesionaria para proceder a este pago.

Una vez completados estos dos pasos, el proceso de cobro se remite a la Autoridad Fiscal y Aduanera (AT), en cuyo caso los costes procesales y las multas se añaden a las tasas de peaje y a los costes administrativos, lo que a menudo resulta en cantidades mucho más elevadas.

El derecho a ser defendido

En una recomendación dirigida a una concesionaria en 2019, Maria Lúcia Amaral subrayó que "el derecho a ser oído y defendido, no basta con una notificación formal del interesado, exigiendo diligencia en el procedimiento destinado a valorar los datos necesarios para asegurar la efectividad de la notificación, incluida la dirección actualizada de la notificación".

El Defensor del Pueblo también señaló que "la falta de actualización de la dirección en la matrícula del vehículo no puede sancionar al titular, cuando ya ha subsanado esta falta en el momento en que sería pertinente la consulta a la base de datos".

En la exposición de motivos de su proyecto de ley, IL recuerda que la legislación vigente determina que "las multas tienen un valor mínimo correspondiente a 7,5 veces el valor de la respectiva tasa de peaje, pero nunca inferior a (euros) 25 , y de un valor máximo correspondiente a cuatro veces el valor mínimo de la multa, con respeto a los límites máximos previstos en el Régimen General de Infracciones Tributarias", lo que lleva al partido a concluir que éstas pueden alcanzar un valor "desproporcionado" y "exagerado".