El Tribunal de Arbitraje ha decretado unos servicios mínimos para la huelga de CP - Comboios de Portugal del miércoles, de alrededor del 30% en los servicios urbanos y regionales y del 25% para los servicios largos.

En la sentencia publicada en la página web del Consejo Económico y Social (CES), la Corte de Arbitraje entiende "que deben fijarse servicios mínimos en cuanto a la circulación de trenes durante el periodo de huelga, tanto en los servicios urbanos y regionales (del orden del 30% de los servicios programados), como en los servicios de largo recorrido (en torno al 25%)". La lista de trenes incluidos en los servicios mínimos puede consultarse en esta página.

El Tribunal Arbitral consideró que la propuesta presentada por CP, de servicios mínimos entre el 50% y el 75% de los trenes programados, era "manifiestamente inadecuada y desproporcionada", poniendo en peligro "la noción misma de 'servicios mínimos'" y reduciendo "la extensión y el alcance del derecho esencial de huelga".

"Aunque formalmente se limita a 24 horas, la huelga decretada abarcará un periodo más amplio, ya que comenzará a surtir efectos el 30 de mayo en relación con los periodos de trabajo que sólo deban finalizar al día siguiente y no finalizará hasta el 1 de junio en el caso de los periodos de trabajo que comiencen el 31 de mayo", señaló el tribunal, subrayando que "en la práctica, la huelga decretada produce efectos significativos a lo largo de, al menos, dos días".

El Sindicato Ferroviario de la Revisión Comercial Itinerante (SFRCI) y el SNTSF/FECTRANS convocaron una huelga de 24 horas para el 31 de mayo en CP.