Se trata del Decreto-Ley 109-G/2021, resultado de la transposición de una directiva comunitaria sobre los derechos de protección de los consumidores y que entró en vigor en mayo del año pasado. El diploma establece normas más estrictas para los comerciantes, obligando, por ejemplo, a los minoristas a publicar el precio más bajo practicado en los 30 días anteriores, incluidos los que se practiquen en cualquier periodo de rebajas o promociones, y no sólo el porcentaje del descuento.

Además, la nueva ley también impone la obligación de exhibir el precio más bajo practicado anteriormente, por referencia al cual se lleva a cabo la práctica de reducción de precios, en los rótulos, etiquetas o listas donde se fijen los precios, dejando que esta información sea alternativa a la indicación del porcentaje de reducción del precio. En su momento, la Asociación Portuguesa de Empresas de Distribución(APED), que representa al sector de la alimentación y del comercio minorista especializado, criticó la medida.

"Prêt-à-porter", "supermercados/minimercados/tiendas de ultramarinos" y "artículos/utilidades domésticas" son los sectores de actividad con mayor número de infracciones registradas, según la ASAE.