Según la Autoridad Nacional de Aviación Civil (ANAC), tras la entrada en vigor, hoy, de la orden conjunta n.º 8022-D/2022, los viajeros en vuelos desde o hacia Portugal continental ya no necesitan presentar la prueba de una prueba negativa, un certificado Covid-19 de la UE o un certificado de recuperación de la vacunación. negativo, un certificado Covid-19 de la UE o un certificado de recuperación de la vacunación.

"Con la entrada en vigor de este nuevo régimen, las compañías aéreas y y los pasajeros ya no están sujetos a las medidas restrictivas aplicables al tráfico en el marco de la lucha contra la pandemia causada por el virus Sars-CoV-2 .

Orden no. 8022-D/2022, publicada en el Diário da República, revoca la orden n.º 8022-D/2022 relativa a "aeropuertos, fronteras marítimas y fluviales y define los términos y requisitos del respectivo sistema de verificación así como la supervisión de su funcionamiento".

Según el diploma que ha entrado en vigor hoy, "la situación epidemiológica vivida en Portugal tras la pandemia de la enfermedad de Covid-19 pandemia de la enfermedad se ha mantenido relativamente estable, como resultado de la alta cobertura de vacunación, la aparición de nuevos medicamentos para la enfermedad grave y un mayor conocimiento de la infección".

Además, "también en el contexto internacional, concretamente en la Unión Europea, la evolución de la situación epidemiológica ya no justifica ya la adopción de medidas excepcionales en materia de tráfico aéreo aeropuertos y fronteras marítimas y fluviales".